La Audiencia Nacional ha anulado las tarifas del polémico Canon impuestas en 2008. La causa; se han redactado de forma no conforme a lo establecido.
Para no entrar mucho en detalles de derecho lo explicaré de forma simple. Se ha revisado la orden ministerial que regula las tarifas del impuesto Canon y se ha entendido que es por las características que tiene es un reglamento. Resulta que para que un reglamento sea legal tiene que cumplir unos requisitos, y como lo que se presentó decían que era una orden, no un reglamento, no los cumple.
Conclusión; se han anulado de manera inmediata las tarifas del Canon de 2008. Eso sí, por falta de competencias se ha desestimado el reembolsar lo hasta ahora pagado.
Fallamos:
1) Estimar en parte el recurso.
2) Declarar la nulidad de pleno Derecho de la Orden PRE/1743/2008, de 18 de junio, que establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las diferentes modalidades de reproducción, sin que haya lugar a las demás pretensiones de la parte actora.
3) No hacer pronunciamiento de costas.
Se seguirá cobrando el impuesto, pero al menos lo hará con las tarifas convenidas en 2007.